El Tribunal Supremo ha confirmado que facilitar enlaces para descargas de películas por Internet no es un delito si no lleva consigo lucro económico

El Supremo no ve delito que un ferrolano facilitara enlaces para descargas por Internet

Uno de los encausados, ya fallecido, se dedicaba a grabar el sonido de películas en los cines para acoplarlo luego a las cinitas que recibía de Rusia para su posterior distribución

El Tribunal Supremo ha confirmado que facilitar enlaces para descargas de películas por Internet no es un delito si no lleva consigo lucro económico. Con ello da la razón al juez de Ferrol que en el 2007 adoptó tal decisión en relación con una macrooperación policial desarrollada en media España que perseguía una red de piratería informática.

El asunto había acabado en el Juzgado Mixto número 7 de Ferrol porque uno de los encausados, F.J.C.G., ya fallecido, se dedicaba a grabar el sonido de películas en los cines de Odeón, en A Gándara-Narón. Posteriormente acoplaba el sonido a las películas que recibía de Rusia para su posterior distribución por vía telemática. Pero, ¿se lucraba con ello?

La policía, que se ocupó de la operación, sostenía que el portal con el que se hacía la distribución permitía reproducir 52.000 obras y que causó perjuicios de millones de euros. Por ello, las compañías Lauren Films Video Hogar, Twentieth Century Fox, Manga Films, Universal Pictures Spain, la misma Warner o Paramount se personaron en la causa y secundaron al fiscal en el recurso contra el archivo. La Audiencia Provincial de A Coruña le dio la razón al juez de Ferrol (Morán Llordén) y ahora lo hace también el Tribunal Supremo. El encausado que falleció había declarado que si tuvo relación económica con otro encausado fue por asuntos familiares, por el pago de una primera comunión y asuntos similares debido a sus vínculos de parentesco.
Delito sin justificar

Por eso, indicó el juez y luego la Audiencia, no resultó debidamente justificada la perpetración del delito (venta de claves para la descarga directa de obras videográficas). En concreto, se utilizaban programas de intercambio de archivos modelo P2P. La denuncia indicaba que obtenían pingües beneficios por publicidad de casinos virtuales, tiendas on-line y envíos de SMS tipo Premium y la venta de cables de descarga FTP. El juez diferencia la actividad de enlace con la de descarga directa previo pago para la obtención de la clave. También duda de que los denunciados tuvieran conocimiento efectivo de que el hiperenlace fuese ilícito, porque no se aportó prueba alguna de ello y, por tanto, el sobreseimiento fue correcto.

[Enlace Retirado]
Comentario:

Escabrosa resolución basándose en que  lo indicado no es un delito, si no lleva consigo lucro económico, pero tener como denunciantes a Twentieth Century Fox, Warner o Paramount, entre otras compañías, no es aconsejable, asi que mejor no jugar con fuego si no se quiere correr el riesgo de quemarse, aunque va bien saber que se ha fallado sobre que, los beneficios conseguidos por publicidad en una web muy visitada por existir enlaces  de descarga directa, si no existia pago para la obtención de dichas claves, no se ha considerado delito …

saludos

ms, 10-2-2013

__________

NOTA: Los interesados en información sobre contrato de soporte Asistencia Tecnica de SATINFO y/o licencia de uso/actualizaciones de sus utilidades, contacten con info@satinfo.es
__________

Este blog no se hace responsable de las opiniones y comentarios de los textos en los que se cita la Fuente, ofreciendo su contenido solo para facilitar el acceso a la información del mismo.

Puedes seguir cualquier respuesta a esta entrada mediante el canal RSS 2.0. Los comentarios y los pings están cerrados.

Los comentarios están cerrados.

 

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies